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ESPAÑA

De cómo protestar te puede llevar a la cárcel en España

8 jóvenes podrían ingresar en prisión este viernes por haber participado en el bloqueo del parlamento catalán hace 4 años. Los indignados protestaban contra los recortes sociales del gobierno.
Imagen vía Flickr

32 años, un empleo y una pareja estable, su primer hijo en camino. Jose V. estaría hoy en una de las mejores etapas de su vida si no fuera porque pronto tendrá que ingresar a prisión. La justicia española lo considera culpable de un delito contra las altas instituciones del Estado por haber ensuciado con un spray de color negro la chaqueta y el bolso de una diputada catalana, que no se enteró hasta más tarde.

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Jose V. es una de las ocho personas — dos mujeres y seis hombres — que el Tribunal Supremo condenó en marzo a una pena de tres años por la protesta contra los recortes sociales del gobierno autonómico que se celebró el 15 de junio del 2011 en el exterior del recinto del parque de la Ciutadella de Barcelona, que acoge la sede del parlamento catalán.

"Ni mucho menos habría imaginado entonces que pasaría algo así", afirma cuatro años después. "Hicimos un acto de obligación social, que era estar ahí. Ha tenido unas repercusiones muy negativas sobre nuestra vida personal, pero los recortes tienen repercusiones mucho más grandes sobre millones de personas en este país".

Celebrada dos semanas después del contundente desalojo policial de la acampada en plaza Catalunya, la protesta "Aturem el Parlament" [Paremos al Parlament] fue convocada por el 15M, el movimiento de indignados español, para denunciar la aprobación en la cámara legislativa del presupuesto de ese año y de un paquete de medidas impopulares para reducir el déficit público a base a austeridad.

La protesta se comunicó con tiempo y se discutió en una reunión entre los organizadores y los Mossos d'Esquadra, la policía catalana. Los convocantes reiteraron que la movilización era pacífica y la policía se comprometió a garantizar la libertad de manifestación.

Pese a ello, derivó en un conflicto que causó 147 heridos. Algunos diputados fueron arrinconados, empujados e insultados por grupos de indignados. Aunque todos consiguieron acceder al hemiciclo sin excesivo retraso — el presidente catalán, Artur Mas, lo hizo en helicóptero —, los acontecimientos se desarrollaron en medio del caos y la confusión.

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Para los organizadores y los abogados de las veinte personas que más tarde serían encausadas, el dispositivo policial que se puso en marcha — se dejó sólo un puerta de acceso al parque abierta — buscó exacerbar los ánimos y generar el conflicto, para criminalizar posteriormente la protesta.

"Fueron la policía catalana y los responsables políticos los que determinaron cómo se desarrolló la acción", sostiene el abogado Hibai Arbide, que participó activamente en su organización y que declaró como testigo de la defensa en el juicio que se celebró el año pasado en la Audiencia Nacional.

El juicio en la Audiencia Nacional, un órgano jurisdiccional especial con sede en Madrid que se ocupa de delitos como el terrorismo o el narcotráfico, fue el primer capítulo de un recorrido judicial atípico. Lo fue también que se pronunciara sobre un artículo del Código Penal español, el 498, que había estado "dormido" hasta entonces y que estaba previsto para situaciones excepcionales y no para manifestaciones ciudadanas indignadas.

La Audiencia Nacional absolvió a los encausados en julio del año pasado, pero el Supremo aceptó parte de los recursos de la fiscalía y las acusaciones — el sindicato ultra conservador Manos Limpias y el Gobierno y el Parlament de Catalunya —, y condenó a ocho de los veinte absueltos.

Sus abogados han recorrido estos días todas las vías legales para frenar la encarcelación y anular la sentencia. En el terreno más urgente, han pedido el indulto al Ministerio de Justicia y solicitado a la Audiencia Nacional la suspensión de entrada en prisión hasta que no se resuelva.

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En el jurídico, han presentado un recurso de nulidad ante el Supremo, alegando que la sentencia vulnera tres derechos fundamentales de sus representados: a un proceso con las debidas garantías, a la presunción de inocencia y a la tutela judicial efectiva.

Si lo desestima, como creen, tienen preparado uno de ampara para el Tribunal Constitucional. Si todo eso falla, no les quedará otro camino que ir a Estrasburgo y llamar a la puerta del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

El Supremo, afirman, ha incumplido su propia doctrina, la del Constitucional y la de Estrasburgo, que considera que condenar a quien fue absuelto previamente si no se le ha escuchado antes vulnera el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

"El Supremo ha llevado a cabo una maniobra muy sibilina. No revisa los hechos probados, porque no puede hacerlo, pero lleva a cabo una reevaluación de la prueba, lo que le está vedado por él mismo. Es una paradoja", denuncia la abogada Laia Serra, que tiene la convicción que más pronto o más tarde la sentencia será anulada. "Los que pretenden erigirse en defensores de la democracia, la están vaciando de contenido".

El 15M, en el banquillo

Para los abogados, como para José V., lo que está en juego son los derechos a la libertad de expresión y de manifestación. El trasfondo de lo que se ha juzgado es el clima de conflictividad social que vive España como consecuencia de la crisis económica e institucional y de las políticas de austeridad, y la tremenda movilización ciudadana que se desencadenó, sobre todo, a partir del 15M.

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Las protestas en España se han convertido estos últimos años en una actividad ciudadana cotidiana. Durante el primer año de mandato de Mariano Rajoy al frente del Gobierno español, se celebraron 36.232 manifestaciones en todo el país, una media superior a las 120 protestas por día.

Combinadas con un uso intensivo de las redes sociales — que han disparado las posibilidades de convocatoria y de participación —, algunas han adoptado nuevas formas de desobediencia civil que resultan especialmente molestas, como la campaña de "escraches" contra sedes y diputados del gobernante Partido Popular que arrancó la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) en 2013.

La Audiencia Nacional absolvió a los acusados al considerar que cuando las vías de expresión y de acceso al espacio público están vedadas a muchos sectores sociales "resulta obligado admitir ciertos excesos en el ejercicio de las libertades de expresión o de manifestación".

Es esta defensa del derecho a la manifestación y la interpretación jurídica de los hechos la que anuló hace dos meses el Supremo. El alto tribunal la calificó de "error patente" y consideró que el propósito colectivo de la protesta era "atacar las raíces del sistema democrático" y paralizar la actividad de la cámara legislativa, cuyo pleno se celebró, sin embargo, con normalidad.

La acción, así, se desarrolló en una "atmósfera intimidatoria" y un "clima coactivo" por el que aunque los actos de cada uno de los condenados no fueran ilícitos contribuyeron a los del grupo y, por tanto, son delito.

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Por levantar los brazos

La sentencia del Supremo agarró desprevenidos el pasado mes de marzo a los manifestante y a sus familias. Tras la absolución, se habían relajado después de tres años de incertidumbre y de tensión. Estaban pendientes del recurso en el alto tribunal, pero esperaban, en todo caso, que obligara a repetir el juicio.

"Lamentablemente, sucedió la peor de las opciones. Que nos condenaran y que se nos condenara sin juicio", afirma Jose V.

El grupo de apoyo a los encausados se puso de nuevo en marcha. Las etiquetas #3anysxprotestar (#3añosxprotestar) y #JoTambeEstavaAlParlament (#YoTambiénEstabaEnElParlament) volvieron a atronar en las redes sociales, mientras en la calle se convocaban numerosos actos de solidaridad bajo el lema "Yo también estaba en el Parlament y lo volvería a hacer".

Los ocho condenados retomaron las reuniones semanales que habían llevado a cabo en tiempos de la Audiencia Nacional junto a los otros acusados. No se conocían con anterioridad a la protesta, pero desde el principio decidieron funcionar como grupo y en consenso, muy al estilo del 15M.

Esta vez, también sus familiares decidieron unirse y crear una Asamblea de familiares en defensa de la libertad de las personas encausadas por los hechos del Parlament, cuyo objetivo es tanto prestarse apoyo mutuo como difundir su caso y llegar a los grandes medios de comunicación.

"Queremos que se conozca de una forma más amplia en la comunidad", apunta Pepe, el padre de uno de ellos. "La situación es muy complicada y lo sería más si cada uno de nosotros estuviera aislado en su casa. Es muy duro emocionalmente, pero si lo puedes compartir, lo puedes digerir mejor".

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Ni los familiares, ni los condenados ni sus abogados se explican el motivo por el que el Supremo condenó precisamente a estas ocho personas.

"¿Por qué ellos?", contesta el abogado Gonzalo Boye. "¿Y por qué hacen 35 grados hoy en Madrid? No he llegado a establecer los criterios de selección. No sabemos porque estos ocho eran más malos que el resto".

El repertorio de hechos que se les atribuye y que los pueden llevar a prisión están resumidos en el voto particular de Perfecto Andrés, que debería haber sido ponente de la sentencia si no hubiera discrepado. El magistrado los califica como la expresión de "una forma de disenso y de oposición activa frente a la política coloquialmente conocida como de recortes".

Son, por citar algunos, "interponerse con los brazos en cruz [ante dos diputados] y seguir a uno "gritando las consignas de la reunión"; "seguir en algún momento a [un diputado] con los brazos en alto, moviendo las manos, coreando consignas de la manifestación"; "desplegar una pancarta para exhibir una leyenda" y pedir al mismo tiempo "que no dejaran pasar a dos parlamentarios".

"La sentencia no recoge ningún acto de violencia de ninguno de nosotros contra ningún diputado", afirma Jose V., que fue al único que la Audiencia Nacional condenó a cuatro días de localización por una falta de daños. "Me pueden juzgar por pintar una chaqueta pero no por un acto colectivo".

Su abogado, Gonzalo Boye, alertaba el año pasado, cuando el juicio en la Audiencia Nacional, que el objetivo era llevar el caso al Supremo y sentar jurisprudencia. Por eso, afirma, el ministerio fiscal pidió más de cinco años de prisión, el límite de competencia de los juzgados de lo penal en España­.

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Eso es lo que ha pasado. Esta ha sido la primera vez que el Supremo se ha pronunciado sobre un caso así y sobre el delito contra las altas instituciones del Estado, por lo que si la sentencia no es anulada por una instancia superior podrá ser utilizada en casos similares.

Para la defensa, la sentencia busca limitar y disuadir del ejercicio de los derechos de protesta y a la libertad de expresión, en la misma línea que las reformas del Código Penal y de la ley de Seguridad Ciudadana, conocida popularmente en España como "ley mordaza", impulsadas por el Gobierno del Partido Popular.

"Se trata de una sentencia radicalmente ideológica y altamente peligrosa para los derechos fundamentales. Es un precedente ejemplarizante", sostiene Laia Serra.

Que el juicio fue "político" no es solo una opinión del equipo de abogados, todos ellos penalistas curtidos en la defensa de movimientos sociales. Es también el parecer del magistrado Perfecto Andrés, que acaba la argumentación de su voto en desacuerdo subrayando las "intensas connotaciones políticas" de la causa.

Cuenta atrás

Los condenados tienen un plazo de diez días laborales para presentarse en prisión desde que recibieron la notificación de la Audiencia Nacional. La primera les llegó el 8 de mayo, así que tocará hacerlo a partir de este viernes si la Audiencia Nacional no lo frena antes.

El indulto es una medida de gracia de carácter excepcional que en España otorga el Rey a petición del ministro de Justicia y tras deliberación del Consejo de Ministros. El indulto total implica una remisión de pena. El parcial, una rebaja.

Considerando que su caso es político, para los afectados no ha sido fácil tomar la decisión de solicitarlo. Tras mucho debate, decidieron pedir el total, tanto para lanzar un "órdago" al Gobierno (o todo, o nada), como porque el parcial supondría que uno de ellos, con antecedentes penales, habría de ingresar en prisión.

"Lo importante era llegar en común hasta al final", subraya otro de los condenados, Ciro Morales, que se opuso al principio a solicitar la medida de gracia. "Mi no era visceral, de teoría política, por la intromisión que supone del poder ejecutivo en el judicial. No hemos tenido que firmar nada diciéndole al Estado que nos arrepentimos. Eso era muy importante, cuando no te arrepientes de nada y llevas cuatro años diciendo que lo volverías a hacer".

La petición de indulto buscaba también avanzarse a una posible solicitud en este sentido por parte de la Mesa del Parlament, donde se estaba discutiendo a propuesta del grupo parlamentario de ICV-EUiA. Ni los condenados querían que una de les instituciones que los acusó y recurrió la sentencia absolutoria intercediera por ellos, ni tampoco la Mesa parece dispuesta a dar ese paso.

Jose V. se está preparando por si tiene que empezar pronto a vivir entre rejas. Estos últimos días ha avanzado las gestiones que corrían más prisa. Ha presentado ya su declaración de la renta y se ha ido de compras con su pareja para tenerlo todo listo para la llegada de su hijo. Lo esperan en cuatro meses.

"Tienes que seguir con tu vida. Intentar ser fuerte y mirar hacia adelante", afirma. "Si entramos en prisión, lo haremos con la cabeza bien alta, sabiendo que la desobediencia civil nos ha llevado ahí".

Sigue a Lali Sandiumenge en Twitter: @LaliSandi