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El Senado aprueba la polémica Ley de Seguridad Interior en México

A pesar de que hasta el último momento la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la Oficina en México del Alto Comisionado de la ONU se opusieron al proyecto de ley, la Cámara Alta le dio luz verde esta madrugada.
Foto por Tercero Díaz/Cuartocuro.

A pesar de que hasta el último momento la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y la Oficina en México del Alto Comisionado de las ONU se opusieron a la polémica Ley de Seguridad Interior que se discute en el país, ésta fue aprobada hoy por el Senado de la República.

Luego de 12 horas de discusión, la madrugada de este viernes, el proyecto de ley fue aprobado en lo particular y en lo general con 71 votos a favor, 34 en contra y tres abstenciones, según informa la agencia estatal de noticias Notimex.

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Posteriormente el dictamen que expide la Ley fue devuelto a la Cámara de Diputados, para que esta mañana a partir de las 8:30 que se abre la sesión se de lectura y en su caso sea ratificada, para enviarla al Ejecutivo para su promulgación.

Los partidos de izquierda denunciaron que la ley permitirá la militarización de las calles, sin embargo, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) negaron que ese sea el objetivo.

Durante el debate, la presidenta de la Comisión de Gobernación, Cristina Díaz, señaló que la Ley no establece que las fuerzas armadas encabecen la seguridad de forma permanente en el país.

Esta polémica ley, además de regular el uso de las fuerzas armadas en las calles, para combatir grupos criminales, amplía sus facultades para actuar cuando se determine que existe una amenaza a la seguridad interior.


¿Qué hay detrás de la Ley de Seguridad Interior que se discute en México?


Pese a los cuestionamientos tanto de organismos internacionales como nacionales, los legisladores resolvieron a favor de la Ley de Seguridad Interior, que dota a los militares de un marco legal para intervenir con operaciones excepcionales, si el presidente o gobiernos estatales consideran que las fuerzas policiales son insuficientes.

Un día antes de la votación, las comisiones unidas de Gobernación, Defensa Nacional, Marina y de Estudios Legislativos del Senado dieron luz verde a la nueva versión de dicha ley, que contempla 9 cambios al dictamen aprobado por los diputados el pasado 30 de noviembre; sin embargo desde el punto de vista de un gran número de ONGs esas modificaciones son sólo “cosméticas”.

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Integrantes de la agrupación Seguridad sin Guerra calificaron las cambios como una “simulación”, ya que desde su punto de vista no cambian lo fundamental, que es lo que llaman el camino a la ‘militarización’ del país.

La CNDH y la Oficina en México del Alto Comisionado de la ONU hicieron un llamado urgente para que el Senado se abstuviera de aprobar el proyecto de la Ley de Seguridad Interior.

Ambos organismos pidieron que se abriera un diálogo nacional sobre el modelo de seguridad en México bajo un esquema que, sin inhibir la actuación legítima del Estado, preserve y garantice los derechos fundamentales de las personas.

Aun cuando se han hecho públicos algunos cambios que se aplicarían al proyecto de Ley originalmente planteado, "el mismo sigue presentando aspectos altamente preocupantes para la vigencia y respeto de los derechos humanos en México", dice el comunicado.

Por todo ello, la CNDH y la ONU-DH consideraron que no existían las condiciones propicias para aprobar el Proyecto de Ley durante el proceso legislativo que termina este viernes 15 de diciembre, y pidieron que se amplíe su debate y discusión a efecto de prevenir situaciones que actualicen o propicien que se vulneren los derechos humanos.

Algunos de los cambios

Esta ley tiene 34 artículos, y el Senado modificó 9 de ellos respecto de la manera que en que llegó de Diputados. Aquí detallamos algunos de los cambios.

En el Artículo 7 se señalaba que los actos realizados por las autoridades militares y federales en el contexto de una declaratoria de intervención en un estado “deben preservar en todo momento y sin excepción los derechos humanos”.

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El Senado cambió la palabra “preservar”, por las palabras “respetar, proteger y garantizar” los derechos humanos y añade que esto deberá hacerse de acuerdo con “lo dispuesto por las Constitución y tratados internacionales”.

En el Artículo 8 se decía que las movilizaciones de protesta social que se realicen “pacíficamente” no serían consideradas como una amenaza a la seguridad interior.

Después de las críticas respecto a lo que se podría considerar “pacífico” o no, el Senado eliminó es término y quedó de esta manera: “Las movilizaciones de protesta social o las que tengan un motivo político-electoral que se realicen de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, bajo ninguna circunstancia serán consideradas como Amenazas a la Seguridad Interior, ni podrán ser materia de Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior".

En cuanto al Artículo 9 que hacía referencia a la “clasificación” de la información que se generara con motivo de la Ley de Seguridad Interior, se eliminó dicha palabra; no obstante se mantiene la referencia a que la información generada en materia de seguridad interior es considerada “de Seguridad Nacional”; es decir podrá quedar reservada.

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