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Esta es la política que se planea en Colombia para atender a los LGBTI

Después de varios años de formulación, una política pública nacional para las personas LGBTI parece estarse materializando. Acá les resumimos el proyecto de decreto.

El cuento es viejo y anhelado. Hacia el final de la era Uribe, la Corte Constitucional había exhortado al Ministerio del Interior y de Justicia para que se articulara con otras instituciones del Estado y elaborara una política pública que resolviera los problemas de la comunidad LGBTI. La idea, que ya venía adelantándose desde 2011, fue reafirmada por el Plan de Desarrollo promulgado en 2015 por el actual gobierno.

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La formulación de esta política pública contó con la participación de un Comité de Apoyo Técnico (CAT) –conformado por figuras expertas en temas LGBTI a lo largo del país–, y es el resultado de un trabajo conjunto más bien grande: seis encuentros regionales, 14 grupos focales, organizados todos por la Dirección de Asuntos Indígenas, ROM y Minorías del Ministerio del Interior con la finalidad de recolectar insumos y lograr una política "integral".

Ahora, antes de entrar a resumirles el proyecto, hay que aclarar algo: esta Dirección dejó de ser la encargada de los asuntos LGBTI por un decreto proferido en diciembre de 2015 y el tema pasó a estar a cargo de la Dirección de Derechos Humanos del mismo Ministerio. Según la abogada y activista Diana Navarro Sanjuan, quien trabaja en la Dirección de Asuntos Indígenas, ROM y Minorías (es decir, la que antes se encargaba del tema), el cambio de dirección se debió a una serie de acuerdos y discusiones pactadas entre los asesores del CAT y el Ministerio del Interior. "Esto le cambia la perspectiva (al tema LGBTI). Es más garantista, porque la dirección de Derechos Humanos se dedica exclusivamente a eso, se le da mucha más importancia al tema de garantía de derechos de los sectores sociales LGBTI".

La semana pasada el Ministerio del Interior y la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos decidieron publicar un borrador de lo que sería el decreto final para que las personas que hicieran parte de los sectores sociales LGBTI y algunas instituciones implicadas, enviaran sus comentarios y observaciones hasta el 28 de febrero. Un acto que para algunos activistas que conformaron el CAT fue considerado ofensivo, pues aseguran que no ven todos los insumos recolectados a lo largo de estos cinco años y que en febrero del año pasado se había llegado al compromiso de que el primer paso era realizar una revisión del borrador para posteriormente socializarlo con el país.

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Según fuentes del Ministerio, los recortes presupuestales han obligado a que no se socialice el decreto como se esperaba. Sin embargo, aseguran que el decreto se deriva de todo el trabajo realizado por cerca de 5 años con el apoyo del CAT. "Este producto es susceptible de mejoras, no es el decreto definitivo", explica Diana Navarro, "por eso lo están socializando vía internet. No está terminado, pues como lo propuso el CAT, se debía hacer esta consulta participativa para que las personas y las instituciones digan qué se le debe colocar o quitar".

Según la abogada, la ventaja de que la política pública se realice vía decreto presidencial es que es un recurso mucho más expedito, funciona como un instrumento que ordena la creación de políticas integrales que tendrán que elaborar paulatinamente las distintas instituciones estatales y entes del ejecutivo entorno a asuntos LGBTI.

Nos dimos a la tarea de revisar las 16 páginas del decreto y aquí les dejamos un breve resumen comentado.

El decreto resumido en 10 puntos

I

Lo primero que hay que entender con este decreto es que es un primer paso para impulsar otros procesos de formulación de políticas que garanticen los derechos de las personas LGBTI. Da órdenes a distintas instituciones del Estado y habla sobre diversas problemáticas que afectan a esta población. Aquí algunas: educación, inserción laboral, cárceles, acceso a la salud, derecho a la familia y derechos patrimoniales, documentos de identidad, integridad y libertad de expresión, igualdad y no discriminación, derechos y reconocimiento de las víctimas del conflicto armado.

Por eso, es el primer piso a partir del cual el Departamento Nacional de Planeación deberá proyectar y coordinar todas las acciones necesarias para llevar acabo la política pública y superar "la falta de materialización de los derechos de la población LGBTI del país". Esto, en un plazo máximo de un año a partir de la expedición del decreto.

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II

No es un tema inventado, sino que es el resultado de una serie de decisiones tomadas por la Corte Constitucional y una deuda que el gobierno tenía pendiente para resolver problemas relacionados con los derechos de las personas LGBTI del país.

III

El decreto propone la creación de una Comisión Intersectorial para garantizar los derechos de las personas LGBTI del país, conformada por la Consejería para los DDHH, MinInterior, MinJusticia, MinEducación, el ICBF y la Policía Nacional, y contaría con invitados permanentes de la Procuraduría General, la Defensoría del Pueblo y la Fiscalía. Entre otras funciones, la Comisión sería la encargada de establecer rutas y protocolos para atender, proteger e investigar casos de violencia física y/o psicológica contra personas LGBTI. Igualmente, la Comisión obligaría a la creación de un sistema de recolección de información sobre vulneraciones de derechos, que las instituciones nacionales tendrían el deber de alimentar, en miras a mitigar el subregistro de casos que existe en el país. Además, el Ministerio de Defensa y el de Justicia se verán obligados a formar en prevención y protección de derechos a los miembros de la Policía Nacional y a los funcionarios judiciales, con el fin de eliminar los prejuicios que en muchos casos obstaculizan la investigación y el juzgamiento de casos de violencia discriminatoria por razones de orientación e identidad sexual e identidad de género.

Si el Gobierno quiere consultar tanto sobre el texto, cabe preguntarse ¿por qué no integrar a esta comisión a un representante permanente de los sectores LGBTI o crear una dirección especial como la tienen los indígenas, ROM y minorías?

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IV

Este proyecto de política pública propone adelantar una acción estratégica de educación, encaminada al respeto a los derechos humanos, que transforme los prejuicios, estereotipos y estigmatizaciones sociales que recaen sobre las personas LGBTI en el sector privado, público y comunitario.

V

Al igual que lo hizo la Corte Constitucional en 2013, en este decreto se reafirma el derecho de las personas del mismo sexo a conformar familia. Esto obliga a que instituciones como el ICBF elaboren instrumentos con criterios diferenciales que permitan la asistencia, atención integral y protección de estas formas de familia.

VI

El proyecto de política pública reitera el derecho de las personas a corregir el componente sexo en sus documentos de identidad, de acuerdo a su construcción identitaria. Por eso imparte orden expresa a la Superintendencia de Notariado y Registro, notarios y registradores del Estado Civil, para que apliquen el Decreto 1227 de 2015 (que actualmente tiene demandado el Procurador ante el Consejo de Estado).

VII

Lastimosamente el punto de educación tiene un mártir con nombre propio en este país y la Corte Constitucional está ronca de emitir sentencias para proteger los derechos de los menores frente a los prejuicios de los adultos. Por eso, en este proyecto de política pública el Ministerio de Educación, amparado también por la Ley de Convivencia Escolar, deberá establecer unos lineamientos que promuevan el respeto por las personas LGBTI en los colegios. Esto incluye revisar cada manual de convivencia que existe en el país y asegurarse de que en cada uno quede claro que los actos discriminatorios por razones de orientación sexual o identidad de género constituyen una conducta de violencia que atenta contra la protección de los derechos fundamentales, y deben ser prevenidos y sancionados.

Igualmente, en el tema de educación, el decreto vela por que se garantice el derecho de acceso y permanencia en la carrera docente en igualdad de condiciones para los profesores que hagan parte de los sectores LGBTI.

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VIII

El decreto obligaría al Ministerio de Salud y Protección Social a expedir un instrumento de política pública encaminada a garantizar el derecho al acceso, atención integral y diferencial de las personas LGBTI, anclado a su vez al libre desarrollo de la personalidad, intimidad, salud y vida digna. Igualmente, capacitación y sensibilización del sector salud en temas de derechos de la población LGBTI para eliminar casos de estigmatización y discriminación por parte de los profesionales. La pregunta que queda en el aire es: ¿Este instrumento contemplará que en el caso de las personas transgénero los tratamientos de hormonización y las cirugías no son meros caprichos estéticos?

IX

La Corte Constitucional acaba de ordenar un revolcón en la política carcelaria. Revolcón que tendrá que tener en cuenta las particularidades de la población LGBTI. Por eso, a través de este decreto, el Ministerio del Interior, Justicia y el INPEC deberán articularse con la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos para adelantar programas que velen por los derechos de esta población. Esto, al igual que en el caso de los manuales de convivencia, obligaría a revisar el Reglamento General y los reglamentos internos de cada uno de los centros de reclusión del país, y así poder garantizar la atención diferencial de las personas LGBTI privadas de la libertad.

X

Por último, pero supremamente acorde con los ánimos de finalización del conflicto, el último título de la política pública nacional LGBTI busca garantizar los derechos de estos sectores que han sido víctimas de la guerra. El decreto simplemente reafirma lo establecido en la Ley 1448 de 2011 (Ley de Víctimas) en lo relacionado con esta población: garantía de atención diferencial, acompañamiento psicosocial, diseño e implementación de estrategias para que conozcan sus derechos y los mecanismos de exigibilidad, y que la Unidad para la Atención y Reparación integral de las víctimas incluya variables que permitan identificar a las personas con orientaciones sexuales diversas en el marco del conflicto, al tiempo que debe articularse con el Centro Nacional de Memoria Histórica para desarrollar medidas de satisfacción diferenciadas para los sectores LGBTI.

En este link puede descargar el decreto y enviar sus comentarios y sugerencias.